Al comprar cualquier producto, debemos ser conscientes de que disponemos siempre de una garantía que nos protege como consumidores.
Cuando compramos cualquier cosa o contratamos un servicio, este estará cubierto por un periodo de garantía que nos protege ante defectos de fábrica o de funcionamiento.
El problema más común es que no recordamos cuanto tiempo nos cubre dicha garantía, o desde exactamente cuándo ha empezado a contar dicho periodo. Esto último es debido generalmente a la pérdida de la factura, en la cual figura la fecha de compra, o el albarán de entrega, en el caso de que el producto sea entregado tiempo después del pago.
Por tanto es importante conservar la factura o el alabarán, pero dependiendo de la calidad del papel y la tinta empleada, estos pueden llegar a borrarse o volverse ilegibles con el tiempo, incluso antes de que se pase el periodo de garantía, para evitarlo, cada factura conviene ser fotocopiada y a ser posible digitalizada (escaneada al ordenador). De este modo conservaremos una copia más duradera de la factura.
Las garantías de los productos pueden suponernos un ahorro considerable en reparaciones o sustituciones. La garantía comienza en la fecha indicada en la factura o en el albarán, esta fecha se corresponderá con la recogida del producto por parte del cliente. A partir de ahí, debemos conocer cuánto tiempo nos cubre la garantía para cada tipo de producto o servicio.
Cada vendedor o fabricante puede ofrecer la garantía que les plazca, pero deben respetar unos mínimos establecidos por ley para cada determinado tipo de producto o servicio. Generalmente la garantía ha de ser de 2 años, pero existen excepciones. A continuación enumeraremos algunos de los periodos mínimos establecidos, ampliables por vendedores o fabricantes para distintos tipos de productos.
Viviendas 2000
Las viviendas edificadas a partir del año 2000 disponen de varias garantías simultáneas, ya que son muchas partes las que componen la vivienda:
– 1 año de garantía para defectos en los acabados: puertas, molduras, pintura, entre otros.
– 3 años de garantía para aquellos defectos relacionados con la funcionalidad como por ejemplo las humedades.
– 10 años para defectos en la estructura.
Productos nuevos
La garantía de los productos nuevos es delicada, ya que su uso los expone a una mala utilización, accidentes, malas reparaciones, entre otros, lo que puede dar excusas al fabricante para rechazar su responsabilidad ante una avería.
Así y todo en un producto nuevo la garantía mínima es de 2 años, sin necesidad de demostrar nada en los primeros 6 meses, periodo tras el cual el fabricante puede exigirnos pruebas conforme el defecto en el mismo es de fábrica.
Productos de segunda mano
Hay que ser consciente que un producto de segunda mano no puede tener las mismas garantías que uno nuevo. En este sentido existen dos tipos de garantías, dependiendo de quién sea el vendedor del producto:
– 1 año para aquellos productos vendidos por un profesional
– 6 meses para aquel producto que ha sido vendido por un particular.
Reparaciones
Al igual que sucede con los productos de segunda mano, una reparación no puede ofrecer las mismas garantías que ofrece un producto nuevo. De hecho no garantiza al producto en sí, sino más bien sólo garantiza la pieza reparada o sustituida.
Las reparaciones tienen una garantía de 3 meses sobre la parte reparada. Si esta parte se vuelve a averiar en estos 3 meses, el servicio técnico tendrá que repararla gratis, llevándose a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor.
Las reparaciones en automóviles difieren ligeramente, disponiendo de una garantía de 3 meses o 2.000 kilómetros, siendo el condicionante que antes se cumpla el que dé por finalizado el periodo de garantía.
La OCU ha resumido la Ley de Garantías en una pequeña infografía que podemos encontrar en el siguiente enlace.
Así y todo no debemos olvidarnos de guardar la factura de la compra o la reparación, a ser posible disponiendo de una copia ante posibles deterioros de la misma. Ya que sin la factura, nos será realmente difícil poder reclamar y ampararnos en la Ley de Garantías.